Seguridad-industrial

Seguridad Industrial revisión a la definición

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Según la ley 21/1992 es de obligado cumplimiento la seguridad industrial en la actividad industrial o de instalaciones, de equipos o productos industriales no cumplirla puede acarrear las correspondientes sanciones administrativas según el artículo 34.

Sanciones que pueden ir desde (3005,6 para infracciones leves, hasta 90.151,82€ infracciones graves y hasta 601.012,10 para infracciones muy graves

La seguridad industrial según el artículo 9

“tiene por objeto la prevención y limitación de los riesgos, así como la protección contra accidentes y siniestros capaces de producir daños o perjuicios a las personas, flora, fauna, bienes o al medio ambiente, derivados de la actividad industrial o de la utilización, funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones o equipos y de la producción, uso, consumo, almacenamiento o desecho de productos industriales”

Si analizamos el concepto de la seguridad industrial tiene un doble cometido, por un lado la prevención y por otro lado la reparación o minimización de daños por otro, derivados de la actividad industrial o de instalaciones, de equipos o productos industriales. Durante las fases de: diseño y dimensionado, montaje, mantenimiento, uso e inspecciones.

Cuando hablamos de la prevención de estos factores, la seguridad industrial tiene como objetivo eliminar o al menos intentar minimizar las causas que provocan los riesgos de que ocurran accidentes y siniestros tanto en la actividad industrial, instalaciones, equipos o productos industriales.

Para garantizar este aspecto la administración nacional estable los correspondientes reglamentos técnicos y la administraciones autonómicos o municipales la correspondiente normativa complementaria.

El establecimiento por las diferentes administraciones de estos reglamentos y normativas  no es suficiente para eliminar incluso reducir los riesgos. Consciente de este problema la administración ha incluido las tareas de prevención como aparece en el artículo 9.2.

“Las actividades de prevención y protección tendrán como finalidad limitar las causas que originen los riesgos, así como establecer los controles que , permitan detectar o contribuir a evitar aquellas  circunstancias que pudieran dar lugar a la aparición de riesgos y mitiga y las consecuencias de posibles accidentes.”

El segundo aspecto de la seguridad industrial será tratado en otro artículo.

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