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Revision caldera obligatoria y su inspección en viviendas

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Revision caldera obligatoria y su inspección en viviendas, en cuanto al mantenimiento preventivo de las calderas de gas de potencia inferior o igual a 70Kw, en las viviendas, debe hacerse cada dos años y no cada año como hasta hace unos meses.

Los calentadores de agua caliente sanitaria a gas con una potencia entre 24,4 y 70kW deben revisarse cada dos años, y los de hasta 24,4kW, cada cinco años. Así está establecido en el Real Decreto 238/2013 y su corrección de errores, de 5 de abril, por el que se  modifican determinados artículos e instrucciones técnicas del Reglamento de  Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2007,  de 20 de julio.
Las instalaciones de calefacción que funcionan con gasóleo, electricidad, etc. de hasta 70 kW sí deben revisarse como mínimo una vez al año, y en el caso de las térmicas de más de 70kW (instalaciones comunitarias, locales comerciales, viviendas unifamiliares que dispongan de piscina térmica o spa), la revisión es obligatoria cada mes. de esta manera a partir de 70Kw para cualquier tipo de energia la revision caldera obligatoria.

Es importante saber que el consumidor es el encargado de contactar con una empresa instaladora habilitada para llevar a cabo ese mantenimiento. No es obligatorio disponer de un contrato de mantenimiento para realizar esta revisión en el caso de las calderas de potencia inferior o igual a 70 kW. Independientemente del mantenimiento de la caldera, el consumidor está obligado a que le realicen la inspección de sus instalaciones de calefacción y agua caliente sanitaria. Pero no tenemos que olvidarnos de la revision caldera obligatoria con o sin contrato de mantenimiento de pendiendo de la potencia.

En instalaciones comprendías entre 20 y 70 Kw, inclusive ambas potencias, se realizará cada 5 años independientemente del tipo de energía utilizada. Para potencias superiores a 70Kw si la instalación utiliza gases combustibles y energías renovables cada 4 años y para el resto cada 2 años

la revision caldera obligatoria y sus efectos legales con las correspondientes sanciones (según la ley 21/1992) deben tenerse presente para el correcto cumplimiento de la ley.

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